Los Integrantes de una ONG sin fines de lucro ¿pueden cobrar?
Esta es una pregunta muy común cuando se trata del funcionamiento de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) 🏢. La respuesta corta es sí, pero existen reglas específicas sobre cómo se maneja ese dinero para no perder la naturaleza de "sin fines de lucro".
Para entenderlo mejor, exploremos estos tres puntos clave:
Remuneración vs. Beneficios: Los integrantes (como talleristas o conferencistas) pueden recibir un pago por su trabajo profesional 💼. Lo que no se puede hacer es repartir las "ganancias" o excedentes de la organización entre los socios, como ocurriría en una empresa privada.
Actividades Aranceladas: Muchas ONG cobran por cursos para autofinanciarse 💰. Ese dinero debe reingresar a la organización para cumplir sus objetivos sociales (pagar la luz, materiales, alquiler, etc.).
Estatutos y Legalidad: Todo depende de lo que digan los estatutos de la ONG y las leyes fiscales del país. Por lo general, los pagos deben estar debidamente documentados (con facturas o recibos de honorarios) para mantener la transparencia 📑.
Pero a estas preguntas se les agrega otra como por ejemplo
* ¿como se asienta en los libros?
* ¿también lo tengo que anotar en el libro de actas?
* ¿se hace contrato para poder cobrar y dar talleres?


Comentarios
Publicar un comentario