Los Integrantes de una ONG sin fines de lucro ¿pueden cobrar?

 


Esta es una pregunta muy común cuando se trata del funcionamiento de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) 🏢. La respuesta corta es , pero existen reglas específicas sobre cómo se maneja ese dinero para no perder la naturaleza de "sin fines de lucro".

Para entenderlo mejor, exploremos estos tres puntos clave:

  1. Remuneración vs. Beneficios: Los integrantes (como talleristas o conferencistas) pueden recibir un pago por su trabajo profesional 💼. Lo que no se puede hacer es repartir las "ganancias" o excedentes de la organización entre los socios, como ocurriría en una empresa privada.

  2. Actividades Aranceladas: Muchas ONG cobran por cursos para autofinanciarse 💰. Ese dinero debe reingresar a la organización para cumplir sus objetivos sociales (pagar la luz, materiales, alquiler, etc.).

  3. Estatutos y Legalidad: Todo depende de lo que digan los estatutos de la ONG y las leyes fiscales del país. Por lo general, los pagos deben estar debidamente documentados (con facturas o recibos de honorarios) para mantener la transparencia 📑.


    Pero a estas preguntas se les agrega otra como por ejemplo

    * ¿como se asienta en los libros?
    * ¿también lo tengo que anotar en el libro de actas?
    * ¿se hace contrato para poder cobrar y dar talleres?





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